24 de abril de 2026
Hannah Matthews
Superintendente Adjunta Interina de Aprendizaje Temprano
Oficina del Superintendente Estatal de Educación (OSSE) del Distrito de Columbia
810 First Street NE, 9.º piso
Washington D. C. 20002
Correo electrónico: ossecomments.proposedregulations@dc.gov
Estimada Superintendente Adjunta Interina Matthews:
Gracias por la oportunidad de proporcionar comentarios públicos sobre las recientes normas propuestas y de emergencia que rigen el Programa de Subsidios para Cuidado Infantil.
El Grupo de Políticas de la coalición Under 3 DC reconoce que la OSSE ha tomado medidas en este proceso de reglamentación para alinear las regulaciones con la guía de políticas existente, incluidas las actualizaciones reflejadas en el Manual de Políticas sobre Subsidios para Cuidado Infantil. Apoyamos las modificaciones que realizó la agencia en el Manual de Políticas en 2024 y nos complace verlas codificadas en regulaciones formales.
Sin embargo, tenemos inquietudes tanto con respecto al proceso como a diversos elementos de la reglamentación, particularmente por el impacto inmediato que ello tendrá en las familias y los proveedores del Distrito.
Inquietud con Respecto al Proceso de Reglamentación de Emergencia
Nos oponemos enfáticamente al uso de reglamentación de emergencia en esta instancia. La OSSE ha tenido conocimiento de los déficits del financiamiento proyectado en el Programa de Subsidios para Cuidado Infantil durante varios meses, y un proceso de reglamentación estándar habría permitido más aportes públicos significativos antes de la implementación de una lista de espera.
Si bien reconocemos que muchas disposiciones codifican la política existente, el ejercicio de facultades de emergencia limita la transparencia y la participación de las partes interesadas en decisiones que afectan de forma directa a miles de familias que perderán el acceso a este apoyo fundamental durante la implementación de la lista de espera.
Marco de la Lista de Espera y Contexto Fiscal
También nos preocupa que se presente la lista de espera como una respuesta al déficit presupuestario del año fiscal (FY) 2026. En función de la información disponible, no se prevé que la implementación de una lista de espera genere ahorros significativos en los costos en el FY26. Teniendo esto en cuenta, es importante que la OSSE comunique con claridad el impacto fiscal limitado que tendrá esta modificación de la política y que evite insinuar de manera imprecisa que la lista de espera funcionará como una herramienta de estabilización del presupuesto. La OSSE debería comunicar con claridad a las familias que durante los próximos 12-18 meses, como mínimo, no solo habrá una lista de espera implementada, sino una congelación de las inscripciones, con la intención declarada de la Administración de que menos niños reciban servicios como medio para reducir el costo total del programa. Este marco más preciso comunicará a las familias la realidad de la situación relativa al financiamiento del programa para que puedan planificar de manera adecuada el cuidado infantil y sus responsabilidades laborales, y responder a las nuevas limitaciones en la participación.
Facultad sobre la Lista de Espera y Claridad en la Priorización
Las normas formalizan la facultad de la OSSE para implementar una lista de espera cuando el financiamiento es insuficiente y permiten que la OSSE priorice dentro de categorías de elegibilidad.
Reconocemos que “muy bajos ingresos” se refiere a familias con ingresos de hasta el 150 % del nivel de pobreza federal, y que las definiciones de “niño vulnerable” se alinean con el Manual de Políticas sobre los Subsidios. Sin embargo, el lenguaje regulatorio sigue siendo difícil de interpretar en la práctica para el público general o no especializado. Recomendamos que las normas dirijan a los lectores al Manual para estas definiciones de elegibilidad y subelegibilidad, o bien, que directamente se incluya la lista completa de subelegibilidades en las normas.
Aunque comprendemos que la intención de la norma es proporcionar a la OSSE discreción para secuenciar el acceso a los subsidios dentro de las poblaciones elegibles, la redacción actual da a entender al público general que todos los niños de “muy bajos ingresos” y “vulnerables” serán prioridades absolutas en la lista de espera (y priorizados de tal manera que podrían eludirla). Sin correcciones, este marco generará confusión en las familias y los proveedores que consulten las normas para intentar comprender la probabilidad de recibir o mantener un subsidio. Modificar la redacción para lograr mayor claridad respecto a cómo se pondrá en funcionamiento la priorización en la práctica mejoraría la transparencia y la predictibilidad.
Además, solicitamos enfáticamente que las normas pongan en claro que el uso de la lista de espera será explícitamente temporal y estará ligado a un plazo público claro y a un plan de resolución. La lista de espera no debería convertirse en una característica estructural a largo plazo de facto del Programa de Subsidios para Cuidado Infantil. Las familias y los proveedores necesitan la certeza de que el acceso a la asistencia para el cuidado infantil se restablecerá lo más rápidamente posible y que la lista de espera está siendo gestionada de forma activa en pos de su eliminación.
El Grupo de Políticas de Under 3 DC insta a la OSSE a que incorpore esta expectativa tanto a la implementación como a los informes continuos sobre el uso de la lista de espera.
Política de Ausencias Injustificadas de 19 Días
La reducción de las ausencias injustificadas permitidas de 30 días a 19 días al mes representa uno de los cambios sustanciales más significativos de la política en esta reglamentación.
Recomendamos a la OSSE que considere lo siguiente:
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- El riesgo de cancelaciones involuntarias del subsidio para las familias que atraviesan inestabilidad.
- Si se garantizan protecciones adicionales o disposiciones de un período de gracia antes de la cancelación.
- Si las familias reciben comunicación y apoyo proactivos y suficientes antes de perder la elegibilidad.
- Comprendemos que los proveedores de cuidado infantil deben intentar contactar a las familias dos veces antes de que el niño llegue a las 19 ausencias injustificadas en un mes, pero los intentos, de hecho, no son contactos. Además, la responsabilidad no debería recaer enteramente en los proveedores de cuidado infantil; el Departamento de Servicios Humanos (DHS) también desempeña una función en contactar a las familias. Tanto para los proveedores como para el DHS, las normas deberían responder las siguientes preguntas:
- ¿Cómo se definirá, documentará y seguirá el contacto que se realice? ¿Quién es responsable de hacer un seguimiento o verificar los intentos de contacto? ¿El DHS? ¿La OSSE?
- Comprendemos que los proveedores de cuidado infantil deben intentar contactar a las familias dos veces antes de que el niño llegue a las 19 ausencias injustificadas en un mes, pero los intentos, de hecho, no son contactos. Además, la responsabilidad no debería recaer enteramente en los proveedores de cuidado infantil; el Departamento de Servicios Humanos (DHS) también desempeña una función en contactar a las familias. Tanto para los proveedores como para el DHS, las normas deberían responder las siguientes preguntas:
- ¿Cómo se asegurará la OSSE de que los proveedores están al tanto de este requisito y lo cumplen?
- ¿Qué sucede si un proveedor o el DHS no se comunican con una familia que tuvo 19 ausencias injustificadas en un mes?
- Si se realizan intentos, pero no se establece contacto con la familia ni esta confirma haber sido contactada, ¿es eso suficiente? Sería más justo para las familias que los intentos de contacto solo contaran si una conversación oral o un intercambio por escrito pudieran, de alguna manera, demostrar la recepción del contacto.
Las familias con alto ausentismo son familias que probablemente estén teniendo dificultades extremas y que podrían requerir apoyo adicional del DHS o de otras agencias gubernamentales para lograr una estabilidad que permita que los niños regresen al aula. Dadas las significativas consecuencias de la cancelación, esta área de la política merece especial atención en la implementación.
Coordinación con el DHS y Apoyos para la Redeterminación
Dada la implementación de una lista de espera por primera vez en más de 20 años, garantizar que las familias actualmente inscritas permanezcan conectadas con los servicios debe ser una absoluta prioridad. La introducción de una lista de espera aumenta significativamente los riesgos de la redeterminación, ya que las familias que pierdan la elegibilidad debido a barreras administrativas podrían no recuperar el acceso al servicio.
Por este motivo, instamos enfáticamente a la OSSE que lidere la coordinación con el DHS para implementar un sistema de apoyo y notificación para la redeterminación más robusto, proactivo y de contacto múltiple.
Como mínimo, debería incluir lo siguiente:
- Múltiples recordatorios de notificación anticipada para las familias a través de diversos canales, como correo electrónico, mensajes de texto, llamadas telefónicas y avisos por correo postal, en lugar de depender de tan solo una única notificación con 60 días de anticipación.
- Recordatorios de seguimiento continuos de forma recurrente (p. ej., semanal) hasta que las familias presenten de manera satisfactoria la documentación para la redeterminación.
- Proceso formal para notificar a todos los proveedores de cuidado infantil cuando las familias se estén acercando al plazo de redeterminación, y permitir así que los proveedores también se comuniquen con las familias y las ayuden a permanecer inscritas.
- Instrucciones claras y accesibles para las familias sobre la documentación requerida, los procesos de presentación y dónde recibir asistencia; y asistencia rápida y proactiva de especialistas en elegibilidad del DHS que trabajen de forma estrecha con las familias para solucionar los problemas que surjan relativos a la documentación.
- Comunicación transparente con las familias sobre las consecuencias de omitir el plazo para la redeterminación en el contexto de la lista de espera que está funcionando, de hecho, como una congelación de las inscripciones.
Además, dado el cambio significativo en la política que representa la lista de espera, recomendamos enfáticamente establecer un período de gracia mínimo de 30 días para las familias que omitan el plazo de redeterminación inicial. Esto permitiría que las familias presentaran la documentación requerida y mantuvieran el subsidio sin que se las coloque al final de la lista de espera por complicaciones procedimentales o administrativas.
Sin estas protecciones, las familias elegibles corren un riesgo significativo de perder el acceso a los servicios no porque no son elegibles, sino por barreras administrativas evitables. Fortalecer los sistemas de redeterminación es, por lo tanto, esencial para garantizar la continuidad de los servicios y minimizar el daño no intencional tanto para los padres como para los niños.
Agradecemos la oportunidad de realizar aportes sobre estas regulaciones importantes y esperamos seguir colaborando.
Atentamente,
Grupo de Políticas de la Coalición Under 3 DC